Un SATE es un Sistema de Aislamiento Térmico Exterior. Es decir, una solución que se aplica en la fachada de un hogar o de un edificio para mejorar el aislamiento térmico y ahorrar en la factura de la luz. A la hora de instalar este sistema pueden surgir muchas dudas. Una de las más habituales es: ¿Se puede ocupar superficie de dominio público para instalar un SATE?
La respuesta es rápida: sí, aunque con algunos condicionantes. Así lo recogen los apartados 4 y 5 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
Esta legislación recoge los condicionantes que se deben cumplir. Primero, será posible ocupar espacios de dominio público que resulten indispensables para la instalación del SATE. Es decir, siempre que no haya otra forma de llevarlo a cabo que no sea ocupar espacio de dominio público.
El otro condicionante es que la obra debe conseguir la reducción de un 30 % o más en la demanda energética anual del edificio.
Por lo tanto, si necesitas alterar la ordenación urbanística vigente para instalar un SATE, no te preocupes. Es completamente legal siempre que acredites los dos condicionantes que recoge la ley.